La Corte Suprema ratificó fallo dictado por la
Corte de Apelaciones de Iquique que -en diciembre de 2014- rechazó un recurso
de protección presentado por miembros de la comunidad indígena de Lirima,
ubicada en la comuna de Pica, en contra de trabajos de sondajes de agua
realizados por la compañía minera Cerro Colorado.
En fallo unánime (causa rol 130-2015), la Tercera
Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Héctor Carreño, Pedro
Pierry, María Eugenia Sandoval y los abogados (i) Jorge Lagos y Alfredo Prieto–
confirmó la sentencia que rechazó el recurso presentado por miembros de la
familia Ticuna, en contra de las obras de sondajes realizadas al interior de la
comunidad aymara de Lirima.
El fallo del máximo tribunal establece que el
recurso de protección no es la vía para reclamar supuestos derechos de la
familia Ticuna, la única que se opone a las obras, las que cuenta con el
respaldo de la Junta de Vecinos y la Comunidad Aymara de Lirima.
"Que tal contienda, por su naturaleza, no es
una materia que corresponda dilucidar por medio de la presente acción cautelar,
ya que ésta no constituye una instancia de declaración de derechos sino que de
protección de aquellos que, siendo preexistentes e indubitados, se encuentren
afectados por alguna acción u omisión ilegal o arbitraria y por ende en
situación de ser amparados, presupuesto que en la especie no concurre por
cuanto lo que se persigue por los actores al accionar por esta vía es que se
declare la existencia del derecho de dominio que refieren tener sobre los
terrenos denominados "Pampa Lirima", por lo que el presente recurso
de protección no está en condiciones de prosperar, sin perjuicio de otras
acciones que pudieren corresponder a la recurrente", sostiene el fallo.
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